Funciones del Comité

Las principales funciones del Comité Intergubernamental son promover los objetivos de la Convención, brindar asesoramiento sobre mejores prácticas y formular recomendaciones sobre medidas de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial.

El Comité examina las solicitudes de los Estados Partes para inscribir elementos del patrimonio inmaterial en las Listas, así como propuestas de programas y proyectos. Asimismo, se ocupa de prestar asistencia internacional.

El Comité Intergubernamental vela por la aplicación de la Convención, en particular a través de la elaboración de directrices operativas y un plan para la utilización de los recursos del Fondo para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, de conformidad con el Artículo 25 de la Convención. El Comité presenta estos documentos a la Asamblea General para su aprobación.

Composición del Comité

Los miembros del Comité Intergubernamental son elegidos por la Asamblea General atendiendo al principio de distribución y rotación geográfica equitativa. De conformidad con el Artículo 6.7 de la Convención, los Estados Miembros del Comité deben designar como representantes a personas cualificadas en los diversos ámbitos del patrimonio cultural inmaterial.

En aplicación del principio de repartición geográfica equitativa previsto en el Artículo 6.1 de la Convención, la Asamblea General decidió en junio que los puestos del Comité se repartieran entre los seis grupos electorales de la UNESCO de manera proporcional al número de Estados Partes presentes en cada grupo, lo que implicaba, para un Comité compuesto por 24 miembros, que se asignarían al menos tres puestos a cada grupo.

Mandato

Los Estados Miembros del Comité son elegidos por un mandato de cuatro años. Cada dos años, la Asamblea General renueva la mitad de sus miembros. Los Estados Miembros del Comité no pueden ser elegidos por dos mandatos consecutivos.

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