La Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, promulgada en Venezuela en 1993, decretó el establecimiento de un Instituto del Patrimonio Cultural (IPC – http://www.ipc.gov.ve). Una de las principales tareas de este instituto es inventariar el patrimonio cultural del país. Después del primer inventario sólo se declararon 610 bienes culturales, de los cuales 476 eran arquitectónicos que datan de la época colonial. El IPC se percató de que así no se reflejaba la riqueza y variedad del patrimonio cultural del país y decidió, por consiguiente, iniciar un nuevo proyecto de inventario en 2003 para tomar en cuenta todas las formas de patrimonio cultural en la totalidad de los municipios venezolanos. En 2005 se habían registrado 68.000 expresiones del patrimonio material e inmaterial, y está previsto que al final del proyecto se habrán inventariado unas 110.000 expresiones.

El nuevo inventario se fijó por objetivo registrar las manifestaciones culturales que revisten valor para las propias comunidades. Así, se desecharon los criterios anteriores, según los cuales el valor excepcional de la manifestación era determinado por un especialista y la apropiación del patrimonio cultural por el conjunto de la sociedad se efectuaba mediante políticas del sector público. La meta final del nuevo inventario es, en cambio, registrar todas las actividades, manifestaciones, productos y expresiones culturales que representen y caractericen socialmente a cada una de las comunidades y grupos. El criterio básico utilizado para el inventario es el carácter representativo que el patrimonio cultural inmaterial tenga para las comunidades y los grupos, previéndose incluso la inscripción de personas en posesión de conocimientos técnicos distintivos que simbolicen una identidad colectiva.

Los trabajos sobre el terreno dieron comienzo en 2004 con el acopio de información a escala municipal mediante cuestionarios elaborados anteriormente, que fueron de escasa utilidad porque no tenían en cuenta el principio de representatividad y tampoco incluían preguntas adecuadas para valorar un patrimonio distinto de los monumentos o sitios. Por lo tanto, se prepararon nuevos cuestionarios con la idea de que una pregunta llevara a la siguiente, dejando un margen de flexibilidad suficiente para compilar y revisar la información obtenida. Para determinar el carácter representativo de los bienes culturales destinados a ser registrados, el criterio adoptado fue la demostración de que eran objeto de una valoración colectiva. A falta de esa demostración, la inscripción de los bienes se desechaba.

El acopio de información fue organizado por trabajadores del sector de la cultura, estudiantes y voluntarios, así como por la red de docentes locales, que es una de las redes públicas más vastas del país. Se informó a las comunidades del alcance y los propósitos del proyecto y se puso en su conocimiento que sólo la información que desearan proporcionar sería publicada en los Catálogos del Patrimonio Cultural Venezolano, una colección que va a constar de más de 200 volúmenes en los que se presentan los resultados de los inventarios efectuados en 335 municipios. El patrimonio cultural de cada municipio se registró con arreglo a cinco categorías: Objetos, lo Construido, Creación individual, Tradición oral y Manifestaciones colectivas.

Por razones prácticas relacionadas con la publicación del inventario, un equipo de redacción y edición se encargó de condensar la información, reduciéndola a una breve descripción de cada elemento. El resto de la información escrita y audiovisual se introdujo digitalmente en una base central de datos del IPC para ponerla a disposición del público en Internet y por otros medios. El IPC tiene la intención de publicar un CD con el patrimonio cultural de cada región administrativa de Venezuela y de llevar a cabo un proyecto de cartografía cultural. Se considera que el inventario es un importante instrumento cultural y educativo susceptible de ser utilizado en las políticas de desarrollo.

En el plano jurídico, el Tribunal Supremo de Justicia decretó que todo el patrimonio cultural debidamente registrado y publicado en el inventario se beneficiará de las disposiciones de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural. Cuando se asignan recursos financieros para salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial inventariado, se da prioridad al que corre peligro de desaparecer. Hasta la fecha se han inventariado más de 84.000 expresiones culturales y se han publicado más de 160 Catálogos, que están a disposición gratuita del público en todas las instituciones culturales, sociales y educativas de cada municipio.

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